Nuevos derechos laborales a partir de junio
A partir de junio, todos los trabajadores tendrán más días de libre retribuido en caso de bodas, funerales o búsqueda de empleo. Así lo ha aprobado el Gobierno. Además, las parejas de hecho también podrán disfrutar de días libres retribuidos. En caso de fallecimiento, los supervivientes tendrán derecho a cinco días libres para la realización de los trámites funerarios.
Más tiempo para buscar empleo
¿Planea casarse este verano? ¿O su empresa amenaza con despedirle justo cuando planea el feliz acontecimiento? El Gobierno ha creado un pequeño remedio: hasta cuatro días de tiempo libre retribuido para la búsqueda de empleo, en caso de eliminación de puesto, despido, enfermedad o si trabaja con contrato.
Hasta ahora, los empleados sólo podían disponer de medio día a la semana para este fin. Con la nueva norma, podrán obtener hasta dos días adicionales para acudir a la Oficina de Empleo a recibir asesoramiento. En caso de preaviso por incumplimiento del deber, solo se concederá un día.
Cambios en el acompañamiento médico
A partir de junio, los empleados que acompañen a sus hijos, cónyuges u otros familiares al médico también se beneficiarán de nuevas condiciones.
Días libres para bodas
Si estás a punto de dar el «sí», también habrá novedades: los recién casados y las parejas de hecho tendrán derecho a dos días libres. El día de la ceremonia será retribuido, pero el día siguiente no. Además, se concederá un día libre si los padres se casan o formalizan una unión civil.
Indemnización laboral por funerales
Los trabajadores recibirán nuevos beneficios en caso de fallecimientos familiares. Si fallecen su cónyuge, pareja, compañero o hijo, tendrán derecho a dos días libres retribuidos, más un día adicional para el propio funeral. También recibirán un día libre retribuido si mueren padres, abuelos, nietos, hermanos o hermanas, y podrán disponer de otro día para organizar el funeral.
Hasta cinco días de luto
Una importante novedad es la concesión de cinco días de descanso para quienes hayan perdido a un cónyuge, pareja, descendiente, nieto, padre, abuelo o hermano con quien convivían. Estos días de descanso no serán remunerados. Además, si un compañero de trabajo fallece, también se otorgará el tiempo libre necesario para asistir a su funeral.
Novedades en el acompañamiento médico y el apoyo a cuidadores
Los trabajadores seguirán teniendo derecho a tiempo libre retribuido cuando acudan al médico, o si acompañan a su cónyuge, hijos, padres o abuelos. Si acompañan a otros familiares, el permiso será no retribuido.
Si llevan a su cónyuge al hospital y lo recogen, también tendrán derecho a permiso retribuido. Sin embargo, si quieren asistir al parto de su hijo, tendrán solo permiso no retribuido.
Por otro lado, quienes cuidan a niños discapacitados podrán disfrutar de hasta seis días de permiso no retribuido al año para llevarlos a centros sociales o asesoramiento educativo.
Finalmente, las personas con discapacidades graves que no puedan trasladarse al trabajo debido a condiciones meteorológicas extremas, catástrofes naturales u otras emergencias, tendrán derecho a un día de tiempo libre retribuido.